domingo, 19 de julio de 2009

Incrementos en los servicios de gas y electricidad

En un informe de la Defensoría del Pueblo de la Nación titulado "UNA SITUACIÓN ESPERABLE: CONTINUAN LOS CASTIGOS A LOS USUARIOS", se advierte que, como era previsible, los consumidores están recibiendo facturas de gas y electricidad con fuertes incrementos que oscilan entre el 500% y el 700% por aplicación de los nuevos precios de energía eléctrica en sus facturas, como así también del cargo tarifario del Decreto N° 2067/08 enel servicio de gas natural por redes.
"Desprolijidad, improvisación y falta de criterio aparecen aunados en el tratamiento de los usuarios de los servicios de gas y electricidad. Aclarados tales extremos, cuadra indicar que el actual escenario en los servicios de gas y electricidad es crítico. Ello toda vez que, nos encontramos frente al peligro de inminentes cortes ante una eventual modificación de la situación judicial y existe una situación de desconcierto e incertidumbre que provoca reclamos permanentes por parte de los usuarios" destaca el informe de la Defensoría.
El documento, elaborado por el Area de Usuarios, Obras, y Servicios Públicos de la Dirección de Derechos Económicos de la Defensoría Nacional, se recuerda que el Gobierno Nacional a través de la Resolución S.E. N° 1169/08 autorizó el traslado de los nuevos precios de energía a aquellos usuarios que consuman 1.000 kwh o más, y que por Resolución ENRE 628/08 se aprobaron los valores de los nuevos cuadros tarifarios de las empresas EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP.
Asimismo, mediante el Decreto N° 2067/08 creó un Fondo Fiduciario para atender las diferencias de precios de importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sea requerida para satisfacer las necesidades nacionales. Este decreto faculta al Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y Servicios a fijar el valor de los cargos y a ajustarlos, en la medida que resulte necesario, a fin de atender el pago y/o repago de las importaciones de gas natural.
A través de la Resolución 536/08 del ENARGAS se instituye un adicional a las tarifas que los usuarios deben abonar como contraprestación por el servicio de gas natural por redes, que se denomina "cargo tarifario" y que tiene por finalidad la capitalización del Fondo Fiduciario creado con el objeto de hacer frente a las eventuales necesidades de importación del gas natural comprimido.
"La aplicación de tales normas derivaron en desmesurados aumentos en los valores de las facturas de los servicios de electricidad y gas, arrojando montos irrazonables desde el punto de vista económico, constituyéndose, en consecuencia, en arbitrarios y manifiestamente ilegales por contrariar principios elementales de justicia contenidos en nuestra Constitución Nacional", destaca el informe de la Defensoría nacional.
Cabe señalar que el Defensor del Pueblo de la Nación promovió sendas acciones judiciales cuestionando las normativas citadas. Puntualmente, el cargo tarifario impuesto en el servicio de gas es inconstitucional toda vez que vulnera el principio de reserva de ley garantizado por la Carta Magna en la creación de tributos, competencia que está exclusivamente en cabeza del Honorable Congreso de la Nación en el ejercicio de la función legislativa.
El informe elevado al Adjunto I de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, asegura que "si bien mediante distintas resoluciones se exceptuó del pago a distintas categorías de usuarios por un período determinado, la realidad indica que atento las bajas temperaturas imperantes, los usuarios tuvieron mayores consumos del fluido, produciéndose así incrementos del 300% en sus facturas, por aplicación del cargo tarifario".
Es importante señalar que existen fallos dictados por la Justicia Federal de las provincias de Salta, Jujuy, Chubut y Tucumán que habilitan a los usuarios a pagar las facturas del servicio de gas natural excluyendo el cargo cuestionado. Así las cosas existe claramente una situación de desigualdad en el universo de usuarios del servicio de gas natural por redes, atento que ya sea por una orden judicial o bien por una decisión administrativa emanada del Gobierno, una masa de usuarios de la misma categoría no pagarán el cargo, en tanto que otros en igual condición si se encuentran obligados a abonar el mismo.
Aquellos usuarios no incluidos en el régimen de excepciones ni alcanzados por los fallos judiciales, deben abonar la totalidad de las facturas (con inclusión del cargo inconstitucional) a fin de evitar el corte del servicio y las dañosas consecuencias que ello conlleva. En otro orden, en lo que refiere al servicio de electricidad, en la medida cautelar promovida por la Defensoría, la Justicia ordenó a las distribuidoras del servicio se abstengan de efectuar cortes enel suministro de energía eléctrica motivado en la falta de pago de las facturas emitidas en base a las Resoluciones discutidas en el pleito, hasta tanto se pronuncie la sentencia definitiva.
Todo esta distorsión se encuentra agravada en el actual período invernal.En definitiva, la latente profundización de la crisis no puede ser ignorada por las autoridades competentes, debiendo estas encontrar una solución a la situación planteada, en cumplimiento de las prescripciones del artículo 42 de la Constitución Nacional.
(Fuente: Defensor del Pueblo de la Nación)

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